La Empresa Amable E.I.C.E. informa a la comunidad en general, que de acuerdo con la resolución 020 del 25 de junio de 2025, se concede con motivo de la celebración del día del servidor público, el día de mañana,motivo por el cual no hay atención al público.
La empresa Amable E.I.C.E., informa a la comunidad que el día de mañana, viernes 06 de junio, tendrá atención al público en jornada continúa de 7:00 a.m. a 2:00 p.m., de acuerdo con la resolución 019 de 05 de junio de 2025, por medio de la cual se modifica la jornada laboral, dando cumplimiento del código de Integridad.
Asunto: Respuesta derecho de petición. Cordial saludo, En atención a la solicitud radicada bajo el número interno 2025PQ8 radicada el día 20 de enero de 2025, actuando en el marco de los lineamientos contenidos en la Ley 1755 de 2015 y demás normas concordantes, se da respuesta de fondo a su petición.
Que el Gerente de AMABLE EICE.. en uso de las facultades legales y estatutarias, específicamente las pennitidas por la ley 1437 de 2011, así como la ley 1150 de 2007, ley 80 de 1993 y ley 14 7 4 de 2011, profirió la resolución 041 de 12 de noviembre de 2024 "Por medio de la cual se inicia actuación administrativa para ordenar la restitución a favor de AMABLE de recurso de retención en garantía no justificados ni cobrados".
Que la resolución 041 de 12 de noviembre de 2024, resolvió:
"PRIMERO: DAR INICIO a la actuación administrativa para ordenar la restitución a favor de AMABLE de recursos de retención en garantía no justificados ni cobrados por el CONSORCIO PEP SAN JUAN DE DIOS 002, representado legalmente por el ingeniero electrónico ANDRÉS AVENDAÑO GIRALDO.
SEGUNDO: En consecuencia, el mencionado contratista contará con un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación del presente acto administrativo para 'que presente sus descargos y solicite la práctica de pruebas o aporte las que tenga en su poder, para su análisis y decisión posterior por parle de esta entidad.
TERCERO: NOTIF/QUESE PERSONALMENTE al CONSORCIO PEP SAN JUAN DE DIOS 002, representado legalf!lente por el ingeniero electrónico ANDRÉS A VENDAÑO GIRALDO el contenido del presente acto administrativo, o en su defecto a través de aviso, de acuerdo con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
CUARTO: Por ser un acto administtativo de trámite, contra el presente no procede recurso alguno."
Que la entidad remitió citación para notificación personal del acto administrativo por 4-72 Correo Certificado, el cual hace parte del expediente administrativo. Igualmente se remitió por correo electrónico, sin que pudiese notificarse de manera personal al representante legal del CONSORCIO.
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (C.P .A.C.A.), se está notificando por aviso sobre este acto administrativo